Aviso importante:

Los resultados que se obtengan tienen únicamente valor informativo, en consecuencia, no obligan a la Administración.

Para mayor información puede consultar la Ordenanza Fiscal del Impuesto.



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Referencia catastral

Puede consultarse en las escrituras de propiedad, o también en el recibo del IBI del año en que tenga lugar la transmisión, bajo el epígrafe “Ref. Padrón”.

Fecha de adquisición del bien o derecho por transmitente (formato dd/mm/aaaa).

Esta fecha es la de la transmisión inmediata anterior del dominio o del derecho real de goce, o la fecha en que se constituyó o adquirió el mismo.

Fecha de transmisión (formato dd/mm/aaaa)

Se considerará como fecha de la transmisión:

  1. En los actos o contratos entre vivos, la del otorgamiento del documento público y, cuando se trate de documentos privados, la de su presentación ante la Administración Tributaria Municipal.
  2. En las subastas judiciales, administrativas o notariales, se tomará excepcionalmente la fecha del auto o providencia aprobando el remate si en el mismo queda constancia de la entrega del inmueble. Si no es así, se tomará la fecha del documento público.
  3. En las expropiaciones forzosas, la fecha del acta de ocupación y pago.
  4. En las transmisiones mortis causa la fecha del fallecimiento.

Valor catastral del suelo

Valor catastral del suelo.

Porcentaje transmitido

Se consignará aquí la parte del bien objeto de transmisión o la parte del derecho real que se transmite.

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